UNIDAD EJECUTORA DE PROGRAMAS ESPECIALES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, EMPLEO, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ENTRE RÍOS

martes, 15 de febrero de 2011

1. INTRODUCCIÓN




El Programa Nacional Ingreso Social con Trabajo, ha sido creado oficialmente por Resolución 3182 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, de fecha 06 de agosto de 2009, con la finalidad básica y primordial de hacer efectiva la idea de incorporar de manera real a personas desocupadas sin ningún tipo de ingresos fijos; resultando incompatible, para acceder al programa, se beneficiario de planes nacionales, provinciales o municipales, excepto los beneficiarios de la asignación universal por hijo y los poseedores de tarjeta social alimentaria.

De este modo, el Programa se ha pensado para dar acceso a la población más carenciada, social y económicamente, a un nuevo sistema que busca la inclusión de todos, como integrantes de Cooperativas de Trabajo.

El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, ha sido quien diseñó los módulos básicos sobre los cuales se basará el trabajo de los cooperativistas. Módulos que deben ser requeridos por el Ente Ejecutor a cargo del Programa en cada una de las Provincias.

En una primera etapa para integrar las cooperativas de trabajo, los criterios seguidos han sido:

  • Vista a los barrios y lugares más críticos de la población
  • Detección de alta vulnerabilidad social del Plan nacional de Seguridad Alimentaria , del Programa Jóvenes del padre Mujica, y del Programa Familias del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación
  • Relevamientos barriales realizados por agentes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación
  • Por detección de personas en situación de vulnerabilidad social en los programas de las Provincia adheridas

Debido a su alcance, se previó que las Cooperativas se integren con un mínimo de 60 integrantes. Las mismas podrán contar con cuadrillas con capataces. Asimismo, el Ente Ejecutor podrá incorporar para el seguimiento de la obra encargada, un profesional arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obra.

El ingreso destinado a los cooperativistas se denomina Incentivo para la inclusión social, y se hace efectivo mediante tarjetización bancaria. La misma es nominal, intransferible, y requiere para el efectivo pago la presentación del Documento Nacional de Identidad, legible, sin tachaduras ni enmiendas, para permitir su fácil identificación.

No hay relación de dependencia laboral entre los beneficiarios y el Estado.


Además, hay que destacar, que el presente Programa, no es un subsidio, ni ninguna otra figura de asistencialismo; esto conlleva que los integrantes de cada cooperativa deben “ejecutar las obras” convenidas dentro de los horarios definidos, debiendo cumplir con los mismos, para lo cual se establece el mecanismo del control por asistencia.

En el caso de no cumplimentarse la asistencia requerida (40 hs semanales), se procede a dar de baja el beneficio.

En la provincia de Entre Ríos, previa firma del Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ejecutivo Provincia, se estableció la creación de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y tecnología, por Decreto Nº 4304/10, la cual tiene dentro de su órbita de competencia la implementación  del Programa Nacional Ingreso Social con Trabajo.